A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Miguel Efrain Polo Rosero
✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Cardoso Alfonso Monica
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal (Casanare) y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal, suscitado por una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía presentada por el Instituto Financiero de Casanare, contra una ciudadana, con el fin de que se libre mandamiento de pago por el valor de un crédito no pagado.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el pagaré que contiene la obligación fue emitido como consecuencia de un contrato de mutuo celebrado entre las partes, contrato que, debido a la naturaleza del I.F.C., como empresa industrial y comercial del Estado, se sujetaría a las reglas del derecho privado, según artículo 85 de la Ley 489/98.
La Corte ha reiterado que, conforme al artículo 32 de la Ley 80/93, los contratos en los que intervienen entidades públicas son, por definición, contratos estatales, sin que la naturaleza estatal dependa del régimen jurídico aplicable.
Así, aunque las empresas industriales y comerciales del Estado se rijan por el derecho privado en el desarrollo de sus actividades comerciales, sus actos y contratos conservan el carácter de estatales.
El contrato de mutuo que originó el pagaré es un contrato estatal, y el proceso ejecutivo debe ser conocido por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, conforme el artículo 104 del CPACA.
Como el I.F.C. no tiene naturaleza de entidad financiera, ni está vigilado por la Superfinanciera de Colombia, no es posible asignar la competencia a la Jurisdicción Ordinaria conforme el numeral 1° del artículo 105 del CPACA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por el Instituto Financiero de Casanare contra Mónica Cardoso Alfonso.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6414 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 002 Civil Municipal de la misma ciudad.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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